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ESTADO DE ALARMA Y REGIMEN DE CUSTODIA DE HIJOS MENORES

De como afectan las restricciones decretadas por el Estado de Alarma a la práctica  del régimen de custodia de los hijos menores de padres que no conviven.


Como todos ya conocemos, por estar padeciéndolo cada uno de nosotros, el Estado de Alarma decretado el pasado día 14 de marzo ha generado, entre otras, la limitación de la libre circulación de las personas y, ahora, el confinamiento de los que no se dediquen a servicios esenciales. 


Pero hay circunstancias excepcionales a esta limitación, tal como estableció el  artículo 7 del Decreto 463/2020 de 14 de marzo, del estado de alarma: cuando sea necesario acompañar a mayores, menores por causas justificadas o personas con discapacidad.


En este sentido, a los progenitores que se ven afectados por un régimen de custodia compartida o bien un régimen de custodia monoparental, respecto de hijos menores o incapacitados, les surgen las dudas de cómo les afecta esta situación de limitación de circulación respecto a los intercambios conforme a lo pactado o lo establecido por sentencia:


¿Es obligatorio cumplir el mismo régimen de visitas? ¿Se suspende la custodia compartida? ¿Cumplirlo supondría exponer a mis hijos a un riesgo innecesario?


Pues bien, el referido Decreto así como el publicado con carácter posterior, el RD 465/2020 de 17 de marzo, deja claro que  las visitas y estancias acordadas en procedimientos de familia no quedan suspendidas por el estado de alarma, por lo que son de obligado cumplimiento, si bien se ha dejado en manos de cada juez decidir la modificación de esos regímenes de visitas o custodias, según el caso concreto.


A partir de ese momento han comenzado a publicarse distintos acuerdos de las Juntas de Jueces de determinados territorios donde establecen sus criterios a aplicar para evitar la avalancha de procedimientos judiciales de posibles modificaciones de medidas y ejecuciones.


Esto ha provocado más incertidumbre si cabe, dado que no hay un criterio homogéneo sino que habrá que conocer el acuerdo al que se ha llegado por los tribunales de la demarcación en la que se establecieron las custodias o visitas.  


En concreto, para la demarcación de  ALICANTE:


1.- GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA de menores y discapaces no queda suspendida.

Los intercambios se realizan conforme al acuerdo o Sentencia que lo establezca, (por semanas, quincenas o meses), siendo el lugar de recogida y entrega los respectivos domicilios.

 Los progenitores pueden modificar de común acuerdo y por tiempo determinado,  esta custodia por la que estimen más conveniente en beneficio de sus hijos.

Quedan suspendidas las visitas intersemanales para ver al otro progenitor, en evitación de traslados breves.

2.- GUARDA Y CUSTODIA MONOPARENTAL (a cargo de uno solo de los progenitores) se suspende  el régimen de visitas de menores y discapaces.

Quedan suspendidas las visitas a los hijos, es decir, los desplazamientos de fines de semana para las estancias con el otro progenitor.

Quedan suspendidas las visitas intersemanales

3.- VISITAS ABUELOS Y OTROS PARIENTES,  quedan suspendidas igualmente.

 
4.- VISITAS EN PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR, se encuentran suspendidos desde el 16 de marzo.
 
5.- PROCEDIMIENTO ESPECIAL del articulo 158 del Código Civil, para tomar o modificar determinadas medidas sobre los menores, se reservan a situaciones de riesgo real y grave para los menores.


No obstante todas estas restricciones, se hace hincapié en que entre los progenitores deberá garantizarse que los menores puedan comunicarse con los progenitores con los que no convivan, mediante vía telefónica, telemática  u otros medios y siendo que son días difíciles para poder verse, se fomente las videollamadas a través de whatsapp , face time etc. por lo que si algún progenitor impide las comunicaciones de sus hijos  y el otro progenitor, podrá el juez obligar a su cumplimiento.


Es importante que en los desplazamientos con los menores se lleve consigo la resolución (Convenio Regulador o Sentencia) donde se regule el régimen de custodia vigente para poder justificarlos ante la cualquier autoridad que lo requiera.
 
En el mismo sentido han llegado a acuerdos los jueces en la demarcación de CASTELLON.


En cambio, en la de VALENCIA, los jueces de familia han decidido dejar en vigor el régimen de custodia que se hubiera fijado en convenio o por sentencia, a excepción de las visitas entre semana que no conllevan pernocta con el otro progenitor. Quedan cerrados los Punto de Encuentro Familiar.


En la Región de MURCIA, tampoco se suspenden las visitas ni  los traslados de los menores e incapaces, tanto para el cumplimiento de custodias compartidas como de custodias exclusivas, buscando una solución por los progenitores para que resulte menos gravoso para el menor y se vea menos expuesto  el virus. Coinciden también en la suspensión de las visitas a través de los Puntos de Encuentro Familiar.


En  VALLADOLID, se mantienen las entregas de menores en regímenes de custodia compartida y exclusiva. Se suspenden las visitas intersemanales, con y sin pernocta.


En ZARAGOZA, se mantienen los traslados para custodias compartidas y las visitas de fines de semana en supuestos de custodia compartida e individual, con o sin pernocta. Se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta, tanto en custodia compartida como individual por suponer una exposición innecesaria para el menor, dada su brevedad. Las visitas intersemanales con pernocta deben llevarse a cabo en sus propios términos. Se suspenden las visitas tuteladas en los Puntos de Encuentro Familiar.


En BARCELONA, han decidido que se cumpla lo pactado o la resolución judicial, pudiendo quedar el menor durante todo el estado de alarma con el progenitor con quien  estuviera cuando se decretó el estado de alarma.


En resumen, hay disparidad de criterios pero en general se quiere hacer compatible el derecho de los hijos y de ambos padres de compartir tiempo,  pero también resguardando la exposición de los menores a los efectos nocivos de la pandemia, evitando traslados innecesarios o peligrosos.


Desde nuestro despacho, queremos dar luz a esta situación de incertidumbre y desinformación que se está produciendo, por lo que seguimos a disposición de los progenitores afectados para solventar cualquier duda al respecto y en su caso, buscar la solución menos gravosa para todos.


Ojalá la normalidad vuelva pronto.
 

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